jueves, 12 de noviembre de 2009

Ensayo sobre inmigración

Desde mediados de los años ochenta España pasó de ser un país emisor a otro receptor respecto a las migraciones. Este hecho coincidió con nuestra incorporación a la Comunidad Económica Europea (predecesora de la Unión Europea) en el año 1986, y la previa Ley Orgánica de Extranjería (7/1985). Antes de esta fecha había una indiferencia institucional como social hacía los inmigrantes. A partir de aquí se define la figura del inmigrante en términos legales o ilegales. Ésta Ley fue objeto de crítica por su dureza en el tratamiento migratorio.

Podemos apreciar varias etapas en los movimientos migratorios internacional en España. La primera etapa, hasta mediados de la década de los ochenta, se caracteriza por que el país era eminentemente emigrante, coincidiendo a su vez con una minoría inmigrante procedente principalmente de otros países europeos más desarrollados que el nuestro.

El aumento de la estabilidad política, económica y social provocaron un cambio migratorio en España, haciendo de ésta un buen entorno para buscar trabajo y alcanzar un buen nivel de vida. Es en este punto donde podemos percibir una disminución de la emigración, con el inicio de esta segunda etapa, que concluye a finales de la década de los noventa, donde aparece una nueva inmigración, es decir, nueva por sus zonas de origen y el nivel de desarrollo de éstas (zonas menos desarrolladas económica, social y políticamente, como por ejemplo, África, Europa del Este y Asia); y nueva por ser individual, de varones o de mujeres. A estos inmigrantes hay que añadirles los que ya estaban en la primera etapa, es decir, los procedentes de países europeos más desarrollados que España. En esta fase se comienza a transformar a la inmigración en un hecho social.

Junto con el proceso de globalización de las sociedades y el inicio del nuevo siglo comienza la tercera etapa de la inmigración. En este punto hay una revisión de la Ley Orgánica de Extranjería de 1986 con dos nuevas Leyes, la Ley Orgánica 4/2000 sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, posteriormente modifica por la Ley Orgánica 8/2000. Desde un punto de vista laboral han aparecido nuevas ocupaciones que demandan inmigrantes por falta de trabajadores españoles dispuestos para trabajar en ella. A esto se suma un cambio referido a las características de los inmigrantes a través de la reagrupación familiar y del aumento de la segunda generación.

Actualmente nos encontramos con conflictos y luchas reivindicativas por parte de los inmigrantes que desean mejoras en sus condiciones de vida, tanto personal como laboralmente, lo que conlleva el reconocimiento de su situación como legales.

Se ha consolidado un conjunto de flujos inmigratorios procedentes de diferentes áreas. Además del flujo de inmigración laboral procedente del sur, España está recibiendo también un flujo migratorio desde el norte y centro de Europa que responde a factores de ocio. Este nuevo flujo pone en relación los procesos de envejecimiento de las poblaciones de estos países con los sistemas de prestaciones sociales que garantizan a los jubilados el mantenimiento de la capacidad adquisitiva para afrontar económicamente estos desplazamientos.

Como conclusión, decir que a lo largo de los años ha tenido lugar un cambio en la tipología del inmigrante tanto objetiva como subjetivamente.

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